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Preguntas más frecuentes



 

 

¿Qué es la Televisión Digital Terrestre?

La Televisión Digital Terrestre (TDT) es una nueva técnica de difusión de las señales de televisión que sustituirá, en el año 2010, a la televisión analógica convencional. En las transmisiones de TDT, la imagen, el sonido y los contenidos interactivos se transforman en información digital. Esta información se envía mediante ondas terrestres y es recibida a través de las antenas de televisión. Para la transmisión y difusión de ondas hertzianas el estándar usado es el DVB-T.

 

 

¿Qué ventajas tiene la Televisión Digital Terrestre?

 La TDT permite importantes ventajas como: mayor número de canales (cuatro programas por cada canal analógico convencional), mejora de la calidad de imagen y sonido/. imagen panorámica en formato 16:9, sonido digital multicanal  -calidad CD - subtítulos, elección del idioma, servicios interactivos, etc.

  • Mayor nº de canales de TV. La capacidad extra ( o de ancho de banda) de la Televisión Digital permitirá que la utilización del espectro radioeléctrico sea mucho más eficiente.. En el mismo espacio que ocupa un canal analógico se pueden ofrecer 4 canales digitales.
  • Mejor imagen y sonido. La digitalización de la tecnología conllevará una televisión sin ruidos, interferencias, ni doble imagen. Así mismo la televisión digital abre la puerta a la posibilidad de que los programas de TV se reciban en estéreo, con sonido envolvente o en múltiples idiomas, y todo ello con unos requisitos de ancho de banda muy inferiores a los de la TV analógica y permitiendo al usurario elegir la banda de audio que desee. Es decir podrán disfrutar de la espectacularidad del cine o del DVD a través de la señal de la antena.
  • El acceso a diversos servicios y aplicaciones interactivas, a través de un canal de retorno telefónico. El mejor aprovechamiento del ancho de banda, permite que los espectadores s conviertan en parte activa del mundo de la TV. La digitalización permite numerosos servicios que hasta el momento los proveedores de contenidos en analógico no podían ofrecer: teletexto digital, servicios interactivos, acceso a Internet, pago por visión, guía electrónica de programas, canales de radio, visión multicámara ( de especial interés en eventos deportivos... )

Recepción de la TDT en casa.

  1.  Para recibir la TDT en casa tenemos que seguir estos tres sencillos pasos:
    Comprobar si dispone de cobertura .
    • Consultar el enlace http://www.televisiondigital.es/Terrestre/Cobertura/ que proporciona una predicción basada en cálculos teóricos.
    •  Ponerse en contacto con una empresa instaladora de telecomunicación inscrita en el registro de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información que le indicará cuál es el estado de cobertura en el lugar de su interés.  En  el registro de instaladores podrá consultar el listado de empresas instaladoras habilitadas.
  2. Adaptar la antena (ya sea individual o colectiva) y el resto de la instalación receptora si es necesario.  Esta adaptación la deberá realizar una empresa instaladora inscrita en el registro de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la información.
  3.  Disponer de un equipo que permita recibir la señal digital en el hogar, ya sea un receptor externo conectado directamente al televisor  o un televisor que disponga de un  receptor incorporado en el mismo.

Costes de la TDT.

Podemos hablar de dos tipos de coste básicos: adaptación de antenas para recibir la TDT y la adquisición del equipamiento necesario para visualizarla en el hogar.
En cuanto a la adaptación de la antena, depende del tipo de vivienda, estado del edificio, estructura, cableado y otros factores, además cada instalador fija sus propios precios. En cuanto al equipamiento en el hogar, podría hacerse una estimación de entre 30 y 80 euros para adquirir un descodificador que permita ver la TDT en el receptor analógico, los precios varían en función de las características que tengan los descodificadores (si es básico, si lleva incorporado MHP, etc.).


 

 

¿Están disponibles los servicios de subtitulado?

El Plan Técnico Nacional de la televisión digital terrestre especifica en su disposición transitoria cuarta los compromisos que las sociedades concesionarias del servicio público de televisión de ámbito estatal deben  asumir para la explotación de canales de TDT adicionales. Entre estos compromisos figura el de ofrecer servicios de subtitulación y doblaje para accesibilidad.  Por tanto, es de esperar que los radiodifusores poco a poco vayan aumentando la programación con este servicio.
Igualmente le informamos que hay publicado un documento-informe elaborado por un Grupo de Accesibilidad, en el ámbito del Foro Técnico de la televisión digital. Puede consultarlo en la web www.televisiondigital.es, en la opción de Comisión de Seguimiento de TDT (Documentos aprobados por el Foro Técnico de la Televisión digital,  Grupo de trabajo 5 sobre accesibilidad para personas con discapacidad.

 


¿Se emiten programas de radio en la TDT?

Efectivamente, a través de la TDT se está emitiendo la programación de distintas emisoras de radio:

  • Radio Nacional
  • Radio Clásica
  • Radio 3
  • Radio Marca
  • Cadena Ser
  • Los 40 Principales
  • Cadena Dial
  • Onda Cero
  • Europa FM
  • Onda Melodía


 

¿Vender un televisor sin TDT y no avisar será sancionable?

El Ministerio de Sanidad y Consumo exige a los vendedores que informen sobre la caducidad de los televisores no adaptados a la TDT. Así, el comerciante que no avise al potencial comprador de un aparato televisivo sin sintonizador de TDT de que, a menos que se compre un sintonizador, con él no podrá ver ningún canal a partir del 3 de abril de 2010 (fecha del apagón analógico) incurre en una infracción en materia de consumo, al constituir una "omisión engañosa" sobre las instrucciones y advertencias necesarias para el correcto uso del aparato en un futuro "próximo y predecible". El consumidor afectado podrá por tanto ejercer su derecho a la garantía, lo que podría dar lugar a la correspondiente sanción administrativa.
Asimismo el comprador de un televisor analógico que no ha sido convenientemente informado de las limitaciones del aparato podría acogerse al régimen de garantías contemplado en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007) y en la Ley del Comercio Minorista.

Dispone de la información completa a través de la noticia publicada en: http://www.televisiondigital.es/Herramientas/Novedades/Consumo+sancionar%c3%a1+a+los+comercios+que+no+informen+sobre+el+apag%c3%b3n+anal%c3%b3gico.htm

También puede ver la nota de prensa del Ministerio de Sanidad y Consumo: http://www.msc.es/gabinetePrensa/notaPrensa/desarrolloNotaPrensa.jsp?id=1203

¿Puedo ver la TDT a través del PC?

Otra manera de poder ver la emisiones digitales terrestres es a través del ordenador mediante una tarjeta sintonizadora DVB-T con interfaz de radiofrecuencia RF que se conecta directamente al cable de la antena. Los precios de estas tarjetas son similares a la de un receptor de TDT convencional.
Además,  es necesaria una antena de UHF individual o colectiva. Si es individual, y vive lejos de la estación repetidora, conviene que sea de exterior con el correspondiente amplificador tipo multibanda. Las antenas UHF de interior solo funcionan adecuadamente cuando la distancia entre esta y la estación es mínima, y no existe edificación entre ellas.
 Para comprobar si dispone de cobertura en su zona de residencia puede consultar el siguiente enlace:

http://www.televisiondigital.es/Terrestre/Cobertura/

La antena a su vez debe estar adaptada a la TDT, es decir, tener los correspondientes amplificadores para las señales digitales disponibles en su zona. Para ello, le aconsejamos consultar con una empresa instaladora de telecomunicación inscrita en el Registro de la Secretaría de Estado de, Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.

Registro instaladores 




¿Cuáles son las obligaciones de las administraciones públicas en materia de accesibilidad y televisión digital?

 El Real  Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social establece en el artículo 11 las obligaciones de las administraciones públicas en relación con la accesibilidad a la televisión digital.

  1.  Las administraciones públicas adoptarán las medidas necesarias para garantizar el acceso de las personas con discapacidad a los servicios de televisión digital, de acuerdo con los principios de accesibilidad universal y diseño para todas las personas.
  2.  Las administraciones públicas adoptarán las medidas necesarias para garantizar a las personas con discapacidad la existencia de una oferta suficiente de equipos receptores de televisión digital que permitan recibir sus contenidos, faciliten la navegación a través de los menús de configuración, las guías electrónicas de programación, los servicios interactivos y otros contenidos textuales, así como todas las prestaciones básicas que ofrecen los receptores de televisión digital, de acuerdo con los principios de accesibilidad universal y de diseño para todos. Las herramientas de accesibilidad, que a tal efecto se utilicen, podrán integrar los siguientes elementos tecnológicos:
    • Conversión de texto a voz para favorecer la navegabilidad de los menús de configuración, las guías electrónicas de programación y los servicios interactivos y otros contenidos textuales. 
    • Aplicaciones de reconocimiento de voz para efectuar operaciones de configuración, de solicitud de información de las guías electrónicas de programación o empleo de servicios interactivos u otros contenidos textuales. 
    • Ergonomía en los receptores de televisión digital, así como en todos sus dispositivos asociados, y, muy especialmente, en el diseño de los mandos a distancia. 
    • Aplicaciones de personalización para que, personas con discapacidad puedan configurar los receptores de televisión digital, y, muy particularmente, los parámetros de visualización: tamaño y color de la fuente de letras, color de fondo, contraste y otros.
    • Otras herramientas técnicas diseñadas para hacer accesibles los contenidos recibidos a través de la televisión digital a las personas con discapacidad, facilitando el manejo del receptor y permitiendo una recepción de la televisión digital sin barreras y adecuada al tipo y grado de discapacidad.

Las administraciones públicas, en la esfera de sus respectivas competencias, fomentarán la difusión pública de las medidas de accesibilidad a la televisión digital, coordinarán actuaciones y sinergias entre todos los agentes implicados, y desarrollarán planes de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), a fin de favorecer la implantación y la puesta en práctica de las tecnologías necesarias para que las personas con discapacidad tengan pleno acceso a la televisión digital. Igualmente, las administraciones públicas implicadas, promoverán el desarrollo de políticas de normalización, códigos de buenas prácticas y herramientas que incorporen requisitos de accesibilidad.

¿Puede grabarse el subtitulado junto con el contenido de la emisión en TDT?

La razón por la cual los subtitulados no pueden grabarse, es porque son ofrecidos de forma separada al contenido. Cuando los subtítulos se ofrecen insertados en el contenido, desde la cabecera, no deberá tener problemas para su recepción y grabación.


Consultas relacionadas con accesibilidad

 Para consultas relacionadas con accesibilidad le informamos que hay publicado un documento-informe elaborado por un Grupo de Accesibilidad, en el ámbito del Foro Técnico de la televisión digital. Puede consultarlo en la web www.televisiondigital.es , en la opción de Comisión de Seguimiento de TDT (Documentos aprobados por el Foro Técnico de la Televisión digital. Grupo de trabajo 5 sobre accesibilidad para personas con discapacidad) http://www.televisiondigital.es/NR/rdonlyres/3388A098-3820-43B2-88AE-6361C4D9A71A/0/GT5_Accesibilidad_television_digital.pdf



 

¿Se pueden ver los canales de otra Comunidad Autónoma?

 Sólo es posible ver los canales autonómicos y/o locales propios. Puede ocurrir que en algunas zonas debido a la cercanía de otras estaciones repetidoras pudieran verse canales autonómicos de otra Comunidad, dependiendo del canal y la frecuencia por la que emitan. El Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre aprobado por Real Decreto 944/2005 no prevé que puedan verse servicios televisivos de otra comunidad distinta a la propia, a excepción de que se realicen los convenios pertinentes entre las Comunidades Autónomas afectadas.



Fecha de la última modificación: 02/11/2009