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Departamento de Justicia y Administración Pública

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Funciones del departamento de Justicia y Administración Pública

Al Departamento de Justicia y Administración Pública le corresponden las siguientes funciones y áreas de actuación:

 

a) Atender las relaciones con el Poder Judicial.

b) Provisión de medios para el funcionamiento de la Administración de Justicia.

c) Establecimientos penitenciarios, en especial su organización, funcionamiento y ejecución de la legislación penitenciaria, asumiendo el ejercicio de las facultades que ésta atribuya a los órganos centrales de la Administración penitenciaria.

d) Nombramiento de Notarios y Registradores de la Propiedad.

e) Régimen general de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales, sin perjuicio de las relaciones que, respecto a éstos, mantengan los Departamentos en su ámbito sectorial. f) Promoción de los Derechos Humanos.

g) Garantizar, en el ámbito de la Administración de Justicia, el ejercicio de los derechos reconocidos a los ciudadanos por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del Euskera.

i) Función pública, organización administrativa y régimen jurídico y retributivo del personal.

j) Servicios multidepartamentales y actividad editorial.

k) Sistemas de información y telecomunicaciones corporativas.

l) La defensa jurídica del Estatuto de Autonomía.

m) El ejercicio de las funciones de control interno de legalidad y asesoría jurídica general. n) La representación y defensa en juicio del Gobierno Vasco y sus órganos.

n) El impulso, dirección y coordinación del proceso de modernización y reforma de la Administración, así como de la Administración y gobierno electrónicos.

o) Conservación, modificación y desarrollo del Derecho Civil Foral y Especial del País Vasco.

p) Ejercer las funciones administrativas que las Leyes y los reglamentos atribuyen al Gobierno en materia de Administración Local. En particular, el informe y la resolución de asuntos de competencia de la Administración de la Comunidad Autónoma en materia de régimen local.

q) Régimen de la organización y procedimiento de las Administraciones Públicas Vascas.

r) Ejercitar las competencias en materia de menores infractores, sin perjuicio de las competencias del departamento de Empleo y Asuntos Sociales.

s) Dirigir, de acuerdo con las Leyes y los reglamentos, los organismos autónomos, entes públicos de derecho privado y sociedades públicas adscritos al Departamento.

t) Las demás facultades que le atribuyan las Leyes y los reglamentos.

 

Están adscritos al Departamento de Justicia y Administración Pública:

  • El organismo autónomo administrativo Herri Arduralaritzaren Euskal Erakundea / Instituto Vasco de la Administración Pública (HAEE/IVAP), a través de la Viceconsejería de Función Pública, en los términos establecidos por la Ley 16/1983, de 27 de julio, sobre Régimen Jurídico del Instituto Vasco de Administración Pública.
  • La sociedad pública Eusko Jaurlaritzaren Informatika Elkartea, S.A. / Sociedad Informática del Gobierno Vasco (EJIE), constituida mediante el Decreto 60/1982, de 1 de febrero, a través de la Viceconsejería de Administración Pública.
  • La sociedad pública Itelazpi, S.A., cuya creación fue autorizada mediante el Decreto 215/2003, de 23 de septiembre, a través de la Viceconsejería de Administración Pública.
Fecha de la última modificación: 30/11/2010