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Departamento de Justicia y Administración Pública

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Departamento de Justicia y Administración Pública

9ª Legislatura - 2009 - 2013
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Titular :Idoia Mendia Cueva


ORGANIGRAMA
Justicia y Administración Pública Idoia Mendia Cueva
  Gabinete de la Consejera de Justicia y Administración Pública. Mariví Talavera Perez
  Dirección de Comunicación Luis Sala Gonzalez
  Dirección de Servicios Marian Alonso Prieto
  Viceconsejería de Justicia María Victoria Cinto Lapuente
  Dirección para la Modernización de la Administración de la Justicia Jesús García Arejula
  Dirección de la Oficina Judicial y Fiscal Rosa Gómez Álvarez
  Dirección de Justicia Marta Higueras Garrobo
  Dirección de Derechos Humanos Ines Ibañez de Maeztu Izaguirre
  Viceconsejería de Administración Pública Elena Pérez Barredo
  Dirección de Informática y Telecomunicaciones Serafin Olcoz Yanguas
  Dirección de Innovación y Administración Electrónica Iñaki Ortíz Sánchez
  Dirección de Recursos Generales María Antonia Giner Cucarella
  Dirección de Atención Ciudadana Alberto Ortiz de Zárate Tercero
  Viceconsejería de Función Pública Juan Carlos Ramos Rodriguez
  Dirección de Función Pública Marisa Cuesta Arandilla
  Dirección de Relaciones Laborales Javier Gil Fernández
  Viceconsejería de Régimen Jurídico Amaya Ortiz Cabezas
  Dirección de Desarrollo Legislativo y Control Normativo Jon Echave Aranzabal
  Dirección de lo Contencioso Marisol Gomez Adrian
  Dirección de Registros Administrativos y de Régimen Local Jose Raimundo Cuesta Graña
ÁREAS DE ACTUACIÓN
1.- Al Departamento de Justicia y Administración Pública le corresponden las siguientes funciones y áreas de actuación:
a) Atender las relaciones con el Poder Judicial.
b) Provisión de medios para el funcionamiento de la Administración de Justicia.
c) Establecimientos penitenciarios, en especial su organización, funcionamiento y ejecución de la legislación penitenciaria, asumiendo el ejercicio de las facultades que ésta atribuya a los órganos centrales de la Administración penitenciaria.
d) Nombramiento de Notarios y Registradores de la Propiedad.
e) Régimen general de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales, sin perjuicio de las relaciones que, respecto a éstos, mantengan los Departamentos en su ámbito sectorial.
f) Promoción de los Derechos Humanos.
g) Garantizar, en el ámbito de la Administración de Justicia, el ejercicio de los derechos reconocidos a los ciudadanos por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del Euskera.
i) Función pública, organización administrativa y régimen jurídico y retributivo del personal.
j) Servicios multidepartamentales y actividad editorial.
k) Sistemas de información y telecomunicaciones corporativas.
l) La defensa jurídica del Estatuto de Autonomía.
m) El ejercicio de las funciones de control interno de legalidad y asesoría jurídica general.
n) La representación y defensa en juicio del Gobierno Vasco y sus órganos.
n) El impulso, dirección y coordinación del proceso de modernización y reforma de la Administración, así como de la Administración y gobierno electrónicos.
o) Conservación, modificación y desarrollo del Derecho Civil Foral y Especial del País Vasco.
p) Ejercer las funciones administrativas que las Leyes y los reglamentos atribuyen al Gobierno en materia de Administración Local. En particular, el informe y la resolución de asuntos de competencia de la Administración de la Comunidad Autónoma en materia de régimen local.
q) Régimen de la organización y procedimiento de las Administraciones Públicas Vascas.
r) Ejercitar las competencias en materia de menores infractores, sin perjuicio de las competencias del departamento de Empleo y Asuntos Sociales.
s) Dirigir, de acuerdo con las Leyes y los reglamentos, los organismos autónomos, entes públicos de derecho privado y sociedades públicas adscritos al Departamento.
t) Las demás facultades que le atribuyan las Leyes y los reglamentos.

 

ÓRGANOS COLEGIADOS Y OTROS ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS

Están así mismo adscritos y/o vinculados al Departamento de Justicia y Administración Pública, en los términos que establecen sus normas de creación, los siguientes órganos:

  1. Comisión Mixta de Seguimiento del Plan de Informatización de la Administración de Justicia
    - regulada en el Decreto 383/1994, de 4 de octubre (BOPV 196; 14-10-94).
  2. Órgano de colaboración entre el Gobierno Vasco y el Secretariado Judicial,
  3.  Consejo Asesor de Asistencia Jurídica Gratuita, creado por Decreto 210/1996, de 30 de julio (BOPV 171; 05-09-96) .
  4.  Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita, creadas por Decreto 210/1996, de 30 de julio (BOPV 171; 05-09-96) .
  5.  Instituto Vasco de Medicina Legal.
  6.  Observatorio Vasco de la Administración de Justicia
  7.  Centros de Coordinación de la Orden de Protección de Víctimas de Violencia Doméstica,
    • - creados por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 9 de diciembre de 2003,
    • - modificado por Orden del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social de 20 de enero de 2009 ( BOPV 39;25-02-09).
  8.  Comisión de Valoración, Selección y Acceso de la Documentación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi,
    • - regulada por el Decreto 174/2003, de 22 de julio, (BOPV 163; 22-08-03).
    • - y corrección de errores en  la Orden de 19 de diciembre de 2005, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública (BOPV 45; 6-03-06).
  9.  Comisión para la aplicación de los derechos profesionales y pasivos del personal que prestó servicios a la Comunidad Autónoma del País Vasco,
  10.  Comité de Valoración de puestos de trabajo de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos,
    - regulado por el Decreto 80/2005, de 12 de abril (BOPV 82; 4-05-05).
  11.  Consejo Vasco de la Función Pública
  12.  Comisión Asesora del Protectorado de Fundaciones
    • - creada en el artículo 36.3 de la Ley 12/1994, de 17 de junio (BOPV 135; 15-07-94)
    • - Decreto 404/1994 , de 18 de octubre (BOPV 226; 28-11-94)
    • - regulada en los artículos 6 a 8 del Decreto 100/2007, de 19 de junio (BOPV 188; 28-09-07).
ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y ENTES PÚBLICOS

a) El organismo autónomo administrativo Herri Arduralaritzaren Euskal Erakundea / Instituto Vasco de la Administración Pública (HAEE/IVAP), a través de la Viceconsejería de Función Pública, en los términos establecidos por la Ley 16/1983, de 27 de julio, sobre Régimen Jurídico del Instituto Vasco de Administración Pública.

Decreto 241/2003, de 14 de octubre, por el que se regula la estructura y funciones del Instituto Vasco de Administración Pública (BOPV 206; 22-10-03).

 

 

SOCIEDADES PÚBLICAS
  1. La sociedad pública Eusko Jaurlaritzaren Informatika Elkartea, S.A. / Sociedad Informática del Gobierno Vasco (EJIE), constituida mediante el Decreto 60/1982, de 1 de febrero, a través de la Viceconsejería de Administración Pública (BOPV 198; 10-10-82)
  2. La sociedad pública Itelazpi, S.A., cuya creación fue autorizada mediante el Decreto 215/2003, de 23 de septiembre, a través de la Viceconsejería de Administración Pública (BOPV 198; 10-10-03)
REGISTROS
    1. Registro de asociaciones
      • Decreto 145/2008, de 29 de julio, (BOPV 162; 27-08-08) (Reglamento del Registro General de Asociaciones)
      • Decreto 146/2008, de 29 de julio (BOPV 162; 27-08-08) (Reglamento sobre Asociaciones de Utilidad Pública y su Protectorado)
      • Ley 7/2007, de 22 de junio (BOPV 134; 12-07-07)
    2. Protectorado y Registro de Fundaciones del País Vasco