Fecha de publicación: 30/01/2012
El Gobierno Vasco pone hoy en funcionamiento la sede electrónica de la Administración pública
https://euskadi.net es la dirección que permite acceder a los servicios electrónicos de la CAE en un entorno seguro donde interoperar con total confianza.
La titularidad de la sede electrónica y la competencia para su gestión corresponden al Departamento de Justicia y Administración Pública
Hoy se ha puesto en funcionamiento, en la dirección https://euskadi.net, la sede electrónica del Gobierno Vasco, el sitio web que brinda acceso fácil y seguro a la información y los trámites de la Administración. Su construcción supone un hito muy importante dentro de su Plan de Innovación Pública, pues es el eje central sobre el que se apoyan todos los servicios electrónicos que el Gobierno pone a disposición de la ciudadanía. Además, es uno de los hitos para el completo cumplimiento de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Si hubiera que explicar en dos palabras qué es la sede electrónica, éstas serían acceso y confianza; facilita el acceso a los servicios electrónicos de la CAE en un entorno seguro donde interoperar con total confianza.
La sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi constituye un punto de acceso seguro a la información y los trámites de la ciudadanía, garantizando la integridad, veracidad y actualización de la información y los servicios a los que pueda accederse a través de la misma.
Para identificarse y garantizar una comunicación segura, la sede electrónica utiliza un sistema de firma electrónica basado en certificados de dispositivo seguro. Se trata de un certificado con validación extendida (EV), que aporta una capa extra de protección al usuario. Visualmente, en la barra de direcciones se muestra el titular de la sede en color verde.
La titularidad de la sede electrónica y la competencia para su gestión corresponden al Departamento de Justicia y Administración Pública.
Cada uno de los órganos y organismos que publican contenidos y servicios en la sede es responsable de dicha información, de su accesibilidad, disponibilidad, integridad y seguridad, de acuerdo con las exigencias legales de esta sede.
En la sede electrónica del Gobierno Vasco se puede encontrar:Información sobre los servicios proporcionados por el Gobierno Vasco y cómo consultarlos, solicitarlos y/o tramitarlos.
La creación de la sede electrónica de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi da respuesta a los requerimientos legales recogidos en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos (LAECSP). En ella se expone la necesidad de definir un punto electrónico de acceso donde se pueda establecer relación con la ciudadanía con todas las garantías en cuanto a protección jurídica, accesibilidad, disponibilidad y responsabilidad. En el Título Segundo, donde se regula el régimen jurídico de la administración electrónica, su Capítulo Primero se dedica a la sede electrónica como dirección electrónica cuya gestión y administración corresponde a una Administración pública funcionando con plena responsabilidad respecto de la integridad, veracidad y actualización de la información y los servicios a los que se puede acceder a través de la misma.
Cada Administración determina los instrumentos de creación de su sede electrónica. Así, el Gobierno Vasco va a desarrollar en el Decreto de Administración Electrónica, que está a punto de aprobar, cómo articular la suya para asegurar los principios de publicidad oficial, responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad y accesibilidad. Hasta la publicación del Decreto citado la sede electrónica se regirá por el Decreto 232/2007, de 18 de diciembre, por el que se regula la utilización de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos administrativos.
Ley 11/2007 de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos (LAECSP).
Decreto 232/2007, de 18 de diciembre, por el que se regula la utilización de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos administrativos.